Abogados para asuntos de Minería en Chihuahua
En Besser Estrategia Empresarial estamos capacitados para apoyarte con los siguientes servicios:
- Identificar la disposición de concesiones mineras.
- Elaboración de asambleas ejidales.
- Elaboración de contratos con concesionarios mineros para la trasmisión temporal de los derechos.
- Auditorías respecto del cumplimiento de las obligaciones mineras.
- Defensa fiscal y administrativa en caso de procedimientos y sanciones por parte de las autoridades indicadas.
¿Cómo funciona la regulación minera en México?
Esto nos obliga a entender a la minería como una de las industrias nacionales más importantes, por lo que es necesario regular y entender su funcionamiento.
Recordemos que de acuerdo a la Constitución (artículo 27) las tierras y aguas que se encuentran dentro del territorio nacional, corresponden originariamente a la Nación.
El propio artículo 27, continúa diciendo:
Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria;
En México, la industria minera es reconocida por la Constitución Política, creando así la Ley Minera como la legislación en la que toda la industria debe desarrollarse para poder impulsar este sector económico tan importante.
Así, se aparece el derecho minero como la rama del derecho público en la que, la Nación como ente jurídico al que recae la propiedad originaria de las tierras, minerales y vetas, determina la exploración y explotación minera a favor de terceros mediante el otorgamiento de concesiones mineras.
En este punto, vale la pena hacer énfasis en algunas características de las concesiones mineras:
- Únicamente pueden ser otorgadas a personas físicas y morales de nacionalidad mexicana.
- La vigencia de la concesión es de 50 años, sujeta a cancelaciones por incumplimientos a la ley.
- No te dan derechos de propiedad de la tierra superficial, por lo que en cada caso, debes acercarte con el propietario o propietaria del predio para solicitar el permiso y la posesión para poder trabajar la concesión.
- Sí te dan derechos de exploración y explotación.
- Debes demostrar a la autoridad que has realizado trabajos en las concesiones, o bien serán canceladas.
- Existen cuatro tipos de obligaciones que debes cumplir:
- Informes de Inversión
- Vigencia de Derechos.
- Pago de Derechos.
- Comprobación de obras
En caso de que quieras ser concesionario minero, debes acercarte a la DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS, de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA, a efecto de investigar si existe disponibilidad en la concesión; no te preocupes, en Besser Estrategia Empresarial podemos apoyarte en este proceso.
Derecho Minero y la Administración Pública
Además, es necesario que conozcas que existe una relación entre el Derecho Minero y otras áreas de la administración pública federal, pues dentro de los trabajos mineros, es necesario cumplir regulaciones y obligaciones con:
DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS (DGM)
Esta autoridad está encargada de otorgar las concesiones, vigilar la exploración y la explotación de acuerdo a los términos de la ley minera; sancionar y cancelar las concesiones en caso de incumplimiento o bien por la terminación de la vigencia; determinar la disposición de las concesiones para el otorgamiento.
REGISTRO PÚBLICO DE MINERIA (RPM)
Estas oficinas se encargan de registrar todos los actos relacionados con la exploración y la explotación minera; por ejemplo si un concesionario transfiere los derechos de explotación a un tercero; se registran las concesiones y cancelaciones, la transmisión de derechos y cualquier acto relacionado. La intención es que los actos sean oponibles a terceros.
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT)
Esta secretaría del gobierno federal, es la encargada de autorizar la MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (MIA), los trabajos de remediación ambiental y restauración al momento de cierre de mina.
PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA)
Es el órgano encargado de la vigilancia y sanción de los actos que puedan ser contrarios al medio ambiente, se encarga de asegurarse que exista una reparación del daño ambiental ya sea mediante el cumplimiento de los planes de remediación o bien en caso de accidente ambiental.
SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA)
Dentro de los procesos de extracción minera, es necesario el uso de explosivos. El procedimiento de traslado, almacenamiento, administración y uso de los explosivos, debe estar vigilando y sancionado por la SEDENA.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
La actividad minera per se es un actividad de riesgo, esto es que debes de dar de alta a tus trabajadores directos ante el IMSS para salvaguardar sus derechos de seguridad social; o bien, puedes subcontratar el trabajo pero asegurarte que tus contratistas cumplan con la ley laboral y de seguridad social.
COMISION NACIONAL DEL AGUA (CONAGUA)
Este órgano de gobierno, se encarga de autorizar la disponibilidad de agua para la operación minera; existe disposición de agua para uso humano (no potable), consumo (potable) y uso industrial, siendo este último el que nos interesa para efectos de la industria minera; CONAGUA se encarga de que no sobrepases el uso autorizado, así como del pago de los derechos correspondientes.
PROCURADURÍA AGRARIA (PA)
Un gran porcentaje de las superficies concesionadas, se encuentran dentro de predios EJIDALES; los ejidos tienen un trato especial respecto a los procedimientos de desincorporación o “arrendamiento”, por lo que el involucramiento de la PA para asegurar la salvaguarda de sus derechos es fundamental; recomendación legal: siempre involucra a la PA para evitar nulidades.
REGISTRO AGRARIO NACIONAL (RAN)
Como te lo comentamos, los derechos de concesión minera no otorgar derechos de propiedad o posesión de las superficies, las cuales pueden estar a favor de particulares o ejidos; en este último caso, todos los acuerdos ya sea para conceder la posesión y los pagos correspondientes, así como las rentas, ventas y desincorporaciones del sistema ejidal, deben estar registrados para ser oponibles a terceros y lo más importante, mitigar el riesgo de que te demanden nulidad de los actos.
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)
Esta autoridad al igual que con cualquier actividad, se dedica al cobro de impuestos generados como parte de la actividad industrial.
En Besser Estrategia Empresarial entendemos que la minería en Chihuahua es un tema complejo. Por eso queremos ayudarte respondiendo algunas preguntas frecuentes sobre este tema.
Acudir a la Dirección General de Regulación Minera de la Secretaría de Economía; en esa dependencia tienen el control de la libertad de terrenos y disposición de concesiones.
El trámite lo puedes hacer en la página http://www.siam.economia.gob.mx/, siguiendo el llenado de los formatos y cumpliendo los requisitos legales.
Quince días hábiles, a partir del día hábil siguiente a aquél en que los trabajos periciales se aprueben o se tengan por aprobados
Persona física
- Copia de la credencial de elector o documento oficial que acredite ser de nacionalidad mexicana en el caso de personas físicas.
Persona moral
- Documento que contenga los datos registrales de inscripción en el Registro Agrario Nacional, comprendiendo folio, número de expediente, número de registro y fecha de registro, para el caso de ejidos y comunidades agrarias,
- Documento de carácter oficial, donde se acredite el reconocimiento del pueblo o comunidad indígena, conforme a la normatividad aplicable, tratándose de pueblos o comunidades indígenas,
- Documento en el que conste los datos de inscripción en el Registro Público de Minería para el caso de personas morales.
- Instrumento público, en donde conste la constitución legal de la sociedad con objeto social minero, domicilio legal y, en su caso, la participación de inversionistas extranjeros conforme a lo señalado por el artículo 11 de la Ley Minera
Para ambos casos
- Comprobante del pago de los derechos.
- Copia de comprobante de domicilio del solicitante.
- Copia de la cédula de identificación fiscal (R.F.C.).
- Memoria del cálculo del posicionamiento realizado, en forma impresa y mediante archivo digital.
- 3 fotografías del punto de partida, las cuales deberán reunir las siguientes características: una fotografía que muestre la mojonera que señala la posición del punto de partida y sus datos de identificación, y otras dos tomadas desde distinto ángulo y distancia, en que se aprecien los aspectos panorámicos del terreno que rodea a dicha mojonera, indicando su posición con una flecha.
- Las fotografías, podrán presentarse de dos formas:
- en papel fotográfico, las cuales deberán firmarse cada una de ellas por el interesado o su representante legal; así como el perito minero que haya elaborado los trabajos periciales, o
- impresas digitalmente, en cuyo caso, podrá contener en la parte trasera la firma de las personas mencionadas.
- Carta topográfica del INEGI, o bien, una porción de la misma en la que se mostrará y precisará la localización de las coordenadas del punto de partida del lote y su perímetro.
- Instrumento público en el que se acredite la representación de la persona física y moral, o sólo para el caso de personas físicas, carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las formas del otorgante y testigos ante las propias autoridades o fedatario público
Por el incumplimiento a las obligaciones mineras; o bien por no realizar trabajos de exploración o explotación sobre los mismos; no realizar o reportar inversiones.
La exploración se refiere a los trabajos previos a la explotación, son trabajos técnicos para investigar si existen vetas de mineral en las concesiones asignadas; la explotación se refiere a los trabajos de extracción de mineral.
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